“Reglamentación del Régimen de Incentivo a Grandes Inversiones: Requisitos, Beneficios y Detalles Claves

El Gobierno ha oficializado este viernes la reglamentación del Régimen de Incentivo a Grandes Inversiones (RIGI) mediante el decreto 749/2024, publicado en el Boletín Oficial. Esta normativa establece los lineamientos para el programa aprobado en agosto con la Ley Bases y el paquete fiscal.

El RIGI busca fomentar la inversión mediante incentivos, seguridad jurídica y protección de derechos adquiridos para proyectos únicos de inversión que superen los USD 200 millones. Las empresas interesadas tendrán un plazo de dos años para adherir al régimen, con la posibilidad de una extensión de hasta un año otorgada por el Poder Ejecutivo.

Sectores y Montos Mínimos:

El beneficio estará disponible para ocho sectores: forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía y petróleo y gas. Mientras la mayoría deberá cumplir con un mínimo de inversión de USD 200 millones, el sector de petróleo y gas presenta requisitos más estrictos: USD 300 millones para transporte y almacenamiento, y más de USD 600 millones para exploración y explotación.

Beneficios Impositivos y Aduaneros:

Las empresas acogidas al RIGI disfrutarán de reducciones impositivas, incluyendo una tasa del 25% en el Impuesto a las Ganancias, amortización acelerada de bienes muebles e infraestructura, y la posibilidad de transferir quebrantos impositivos no absorbidos en los primeros cinco años. También se garantizará la devolución de saldos a favor de IVA en un plazo de hasta tres meses y el cómputo del 100% del impuesto sobre Débitos y Créditos Bancarios como crédito en Ganancias.

En términos aduaneros, habrá exención de Derechos de Importación para bienes de capital, repuestos, partes e insumos. Además, durante los primeros tres años no se aplicarán derechos de exportación.

Aspectos Cambiarios:

El artículo 196 establece incentivos cambiarios, limitando la obligación de liquidación en el mercado de cambios a un porcentaje progresivo de las divisas provenientes de exportaciones, comenzando con un 20% después de dos años, aumentando al 40% después de tres años, y al 100% a partir del cuarto año.

Terminación de Beneficios:

Los incentivos del RIGI cesarán en casos de finalización del proyecto, quiebra, baja voluntaria o cese por infracción. Las empresas tendrán diez días para informar cualquier situación que pueda llevar al cese, con efectos retroactivos en caso de quiebra.

Para la baja voluntaria, el VPU deberá solicitarla a la Autoridad de Aplicación, que tendrá un plazo máximo de 45 días hábiles para decidir sobre la solicitud.

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