Nuevos criterios para el Certificado Único de Discapacidad sin vencimiento: Gobierno ajusta la normativa

El Gobierno ha establecido nuevos criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento, según lo dispuesto en la Resolución 1654/2024 publicada en el Boletín Oficial. Este documento permite a las personas con discapacidad ejercer sus derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22.431 y 24.901. La tramitación del CUD es voluntaria, gratuita, y la evaluación está a cargo de una Junta Evaluadora interdisciplinaria.

En marzo del año pasado, tras los insistentes reclamos de pacientes y familiares, y poco después de la creación del “Plan de Promoción, Mejoramiento y Fortalecimiento de la certificación de la discapacidad”, el gobierno de Alberto Fernández había anunciado que los CUD comenzarían a emitirse sin vencimiento, aunque de manera gradual y en etapas. Sin embargo, debido a que los lineamientos establecidos en la Resolución 322/2023 no fueron implementados en tiempo y forma, esa normativa ha quedado obsoleta con la promulgación de la Ley N° 27.711.

La nueva normativa, firmada por el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Orlando Spagnuolo, establece tres criterios principales para la emisión del CUD sin vencimiento. El primero de estos es el de “Renovaciones previas”, dirigido a personas que ya cuentan con dos certificados previos y cuyo perfil de discapacidad se ha mantenido constante a lo largo del tiempo, especialmente en lo que respecta al componente de Actividad y Participación (CIF).

FUENTE EL ONCE

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