La Justicia de Viedma resolvió un caso que marca precedente sobre la obligación alimentaria hacia hijos mayores de edad. Un hombre jubilado, ex policía federal, solicitó en noviembre el fin de la cuota alimentaria que mantenía para sus tres hijos, de 26, 27 y 37 años.
La jueza interviniente verificó que los beneficiarios ya eran personas adultas y que habían superado ampliamente la edad establecida por la ley para mantener la obligación. En su resolución, el tribunal señaló que, según los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial, la obligación alimentaria cesa automáticamente cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, salvo situaciones excepcionales que deban probarse.
Aunque el cese opera por ley, el trámite no se ejecuta de forma automática y requiere una solicitud formal del aportante. En este caso, la jueza hizo lugar al pedido y ordenó el fin inmediato de la retención sobre los haberes del padre.
También se dispuso notificar a la persona que recibía los fondos y emitir un oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto el descuento mensual.
Publico La Voz




