La exprocuradora adjunta y fiscal anticorrupción Cecilia Goyeneche consiguió un giro clave en su situación judicial luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación anulara el proceso que derivó en su destitución en 2022. Ahora, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos deberá dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo ordenado por el máximo tribunal del país.
El procurador general Jorge García firmó el 23 de octubre de 2025 la Resolución Nº 171, en la que dispuso que el cálculo y la liquidación de haberes y retroactivos impagos a Goyeneche se realizarán cuando la funcionaria presente el reclamo correspondiente ante la Procuración General.
Previamente, el 8 de septiembre, mediante la Resolución Nº 140, García la había repuesto en el cargo, aunque con funciones suspendidas hasta que el STJ —actualmente con integración de jueces ad hoc— cumpla con el fallo de la Corte nacional.
En su resolución, el procurador sostuvo que, tras el fallo anulatorio, la magistrada debe ser considerada en la situación previa a la destitución, ya que los efectos del vicio procesal señalado retrotraen el caso a su origen. También indicó que el área contable deberá intervenir para determinar los montos adeudados.
El fallo de la Corte Suprema fue contundente al cuestionar la falta de imparcialidad en el proceso de enjuiciamiento. Señaló que el tribunal provincial omitió tratar planteos centrales de la defensa, especialmente los vinculados a recusaciones y a la composición del órgano acusador.
Entre otros puntos, el máximo tribunal nacional advirtió que el STJ no analizó adecuadamente las objeciones contra los vocales Daniel Carubia y Claudia Mizawak, quienes participaron en distintas instancias del proceso. También cuestionó la intervención del ya jubilado Juan Smaldone y la designación de Gisela Schumacher, al considerar que los planteos de nulidad debían ser tratados de manera fundada.
Además, la Corte sostuvo que fue arbitrario apartar al Ministerio Público Fiscal como órgano acusador en el jury y reemplazarlo por un fiscal ad hoc, decisión que no encontró sustento normativo suficiente.
Con este escenario, el STJ entrerriano quedó obligado a emitir un nuevo fallo que respete las garantías constitucionales señaladas por la Corte Suprema, lo que en los hechos deja sin efecto la destitución dispuesta en 2022 y reabre el debate institucional en la provincia.



