El STJER amplió la indemnización a una mujer víctima de mala praxis que perdió su útero

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) revocó una sentencia y ordenó recalcular la indemnización a una mujer que, tras perder un embarazo, sufrió la extirpación de su útero por mala praxis en un hospital público.
La víctima había demandado al médico y al Estado provincial por daños y perjuicios. En primera instancia se había fijado un resarcimiento, pero la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Concepción del Uruguay redujo el monto al considerar solo la edad promedio de fertilidad femenina (51 años).
Ante el reclamo, el STJER modificó ese criterio y sostuvo que la imposibilidad de procrear constituye un daño irreversible y vitalicio, que excede lo laboral y lo estrictamente biológico. El tribunal destacó el principio de reparación integral y la obligación de juzgar con perspectiva de género, subrayando que la pérdida afecta también la integridad y el proyecto de vida de la mujer.
En disidencia, los vocales Daniel Carubia y Susana Medina defendieron el fallo de la Cámara, que había limitado la indemnización al parámetro de edad reproductiva.
Con esta resolución, el STJER sienta un precedente en materia de reparación integral y violencia obstétrica en la provincia.