Condenan a pareja a prisión condicional por intentar ingresar al país con 50.000 dólares sin declarar

El Tribunal Oral Federal en lo Criminal de la ciudad de Concepción del Uruguay, con la jueza Mariela Emilce Rojas presidiendo como Tribunal Unipersonal, emitió una sentencia condenatoria a un matrimonio residente en San Nicolás, provincia de Buenos Aires. La condena incluyó una pena de prisión condicional y el pago de una multa por el delito de contrabando de importación de divisas en grado de tentativa.
El incidente tuvo lugar el 1° de octubre de 2019 en el Área de Control Integrado del Puente Internacional Libertador General San Martín, que conecta Gualeguaychú en Argentina con Fray Bentos en Uruguay. La pareja, un ingeniero jubilado (J.C.B) y una odontóloga (N.C.B), fue detenida durante un control rutinario después de haber completado los trámites migratorios. Se les consultó repetidamente sobre la presencia de divisas en su equipaje, a lo que respondieron negativamente.
Durante la inspección, se descubrieron tres fajos de 10.000 dólares estadounidenses cada uno en la cartera de la mujer y dos fajos de billetes de 10.000 dólares cada uno en el bolsillo del hombre. El Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Concepción del Uruguay ordenó el secuestro de 30.000 dólares y de los teléfonos celulares de los acusados, devolviéndoles cada uno 10.000 dólares, invocando la Resolución General N° 2704/2009 de AFIP-DGA.

En los alegatos, la fiscal María de los Milagros Squivo argumentó que los informes migratorios indicaban que la pareja había ingresado a Uruguay por la mañana y estaba regresando a Argentina por la tarde, sugiriendo que habían ido a retirar el dinero de Uruguay. La defensa, a cargo del abogado Daniel Cedro, solicitó la absolución y la devolución de los 30.000 dólares, argumentando que no hubo ocultamiento del dinero y que la falta de declaración no consuma la materialidad del contrabando.
La jueza impuso una dura pena de dos años de prisión condicional, una multa equivalente a cuatro veces el valor de la mercadería incautada, pérdida de concesiones y regímenes especiales, inhabilitación especial para ejercer el comercio durante seis meses y para actividades de importación o exportación durante tres años. Además, se establecieron reglas de conducta, como fijar un domicilio sin posibilidad de cambio sin notificación al Tribunal, someterse al control de un Patronato, y se decretó el decomiso de los 30.000 dólares incautados, más el pago del 50% de las costas del juicio para cada uno.