Comienza la Veda de Actos Públicos en Preparación para las Elecciones Generales

El Código Nacional Electoral establece que a partir de 25 días antes de las elecciones generales, programadas para el 22 de octubre, queda prohibida la realización de actos públicos que puedan influir en la captación del voto.
El miércoles 27 de septiembre marca el inicio de la prohibición legal de llevar a cabo actos públicos con el propósito de promover la obtención de votos. Esta medida se aplica en el período previo a las elecciones generales programadas para el 22 de octubre.
Esta restricción está detallada en el artículo 64º Quater del Código Nacional Electoral, que establece: “Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no puede contener elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del voto a favor de ningún candidato a cargos públicos electivos ni de las agrupaciones políticas por las que compiten”.
En términos más concretos, el artículo prohíbe la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, y en general, cualquier acto gubernamental que pueda favorecer la captación del sufragio a favor de candidatos a cargos públicos nacionales o agrupaciones políticas que compiten en las elecciones, durante los 25 días previos a la fecha de las elecciones primarias abiertas y simultáneas, así como de las elecciones generales. (APF)