Cambios en el DNU de Medicamentos: Médicos Autorizados a Recetar Marcas Comerciales

El Gobierno, mediante el decreto 63/2024 publicado en el Boletín Oficial, ha modificado un artículo del DNU de Javier Milei, otorgando a los médicos la facultad de sugerir marcas comerciales en sus recetas, además de recetar genéricos. Estas modificaciones responden a la necesidad de ajustar las normas establecidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia ante las críticas de la Academia Nacional de Medicina (ANM) y otras entidades médicas.

Redacción:

En una decisión significativa, el Gobierno, a través del decreto 63/2024 publicado recientemente en el Boletín Oficial, ha introducido cambios sustanciales en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) liderado por Javier Milei. La modificación más destacada es la inclusión de un artículo que otorga a los médicos la autorización para sugerir marcas comerciales en las recetas médicas, además de recetar los tradicionales genéricos.

Este cambio implica un giro en la política farmacéutica, permitiendo a los profesionales de la salud ejercer un mayor grado de influencia en la elección de medicamentos por parte de los pacientes. Anteriormente, un borrador del DNU indicaba que, aunque los médicos podían sugerir un medicamento específico, los consumidores tenían la libertad de optar por una versión genérica de menor precio con los mismos principios activos, concentración y forma farmacéutica.

Asimismo, el decreto establece nuevas restricciones para los establecimientos no habilitados como farmacias. Estos lugares solo podrán vender antiácidos y analgésicos, y deberán cumplir con rigurosas condiciones de almacenamiento, higiene y seguridad. Además, se destaca la obligatoriedad de poseer un seguro que cubra los riesgos asociados a la venta de productos farmacéuticos.

Entre otras disposiciones, el texto subraya la necesidad de que los medicamentos de venta libre en establecimientos no farmacéuticos estén resguardados, fuera del alcance directo del público y entregados por un dependiente del establecimiento. La temperatura máxima permitida en estos lugares no podrá superar los 24 grados, y se prohíbe la comercialización de especialidades medicinales a menores de 18 años.

El Gobierno de Javier Milei adoptó estas modificaciones en respuesta a las críticas recibidas por parte de la Academia Nacional de Medicina (ANM) y otras entidades médicas. La ANM, en un comunicado emitido el 27 de diciembre, expresó su descontento, señalando la ausencia de pruebas de bioequivalencia y biodisponibilidad en la mayoría de los productos farmacéuticos en Argentina, consideradas como garantía de la intercambiabilidad de los medicamentos con el mismo principio activo.

Estos cambios reflejan la voluntad del Gobierno de ajustar las políticas de medicamentos en medio de un escenario de críticas y preocupaciones planteadas por expertos en salud.