ANMAT Prohíbe Elaboración y Venta de Aceite de Oliva “Chango” por Irregularidades

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha ordenado la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y venta del aceite de oliva extra virgen de la marca “Chango” en todo el territorio nacional y a través de plataformas en línea. La medida, publicada en la disposición 5224/2024 del Boletín Oficial, se fundamenta en la falta de registros sanitarios válidos y la falsa rotulación del producto.

La investigación se inició tras la consulta de un consumidor ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), quien denunció que el aceite de oliva “Chango” no cumplía con las normativas alimentarias vigentes. Las consultas federales 10195 y 10203, realizadas por el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), dirigidas a la Dirección de Seguridad Alimentaria de La Rioja, confirmaron que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) 1200612 era inexistente. Además, el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) 12000579 pertenecía a un establecimiento habilitado pero no autorizado para la elaboración de aceites.

Las irregularidades detectadas implican una infracción al artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, y varios artículos del Código Alimentario Argentino (CAA), debido a la falta de registros sanitarios y la incorrecta rotulación del producto. La ANMAT concluyó que, al no poder garantizar la trazabilidad, las condiciones de elaboración ni la calidad del producto bajo control normativo, el aceite de oliva “Chango” es considerado un producto ilegal.

En virtud de esta disposición, queda prohibida la elaboración, fraccionamiento, comercialización y expendio del aceite de oliva “Chango” en todo el territorio argentino. Esta medida busca proteger a los consumidores y asegurar que los productos en el mercado cumplan con los estándares sanitarios y de calidad exigidos.

Fuente: Boletín Oficial, Disposición 5224/2024.

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