AFIP establece nuevos montos mínimos para informar venta de autos e inmuebles

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha actualizado los montos mínimos para la declaración de operaciones de compraventa de vehículos automotores y propiedades inmuebles. Esta actualización, basada en el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) proporcionado por el Instituto de Estadística y Censos (INDEC), se implementa por primera vez desde la Resolución General 5362/2023, entrando en vigor el 1 de abril de cada año.

Para la venta de vehículos, se requerirá el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) cuando el precio acordado o su valor según la tabla de valuaciones sea igual o superior a $10.919.766. En el caso de vehículos usados, las operaciones deben ser informadas a partir de los $2.669.276, y para motovehículos usados, desde los $1.091.977.

En cuanto a las operaciones inmobiliarias, se deberá obtener el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) cuando el precio consignado, la base imponible para el pago de impuestos inmobiliarios, el impuesto de sellos aplicable a la transmisión o el valor fiscal del inmueble sean igual o superiores a $22.810.177. Esta medida busca garantizar la transparencia y la adecuada tributación en estas transacciones.

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