“AFIP establece límites para uso de Mercado Pago: Detalles y Obligaciones Tributarias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha reiterado los límites aplicables a las operaciones con billeteras virtuales como Mercado Pago, manteniendo las regulaciones establecidas desde el año anterior para el mes de mayo de 2024.
Los usuarios de Mercado Pago podrán mantener saldos mensuales inferiores a $200.000 sin necesidad de reportarlos a la AFIP. Asimismo, las transferencias individuales que no superen los $400.000 no requerirán ser informadas a la agencia de recaudación de impuestos.
En el caso de ingresos y egresos mensuales en las cuentas de los usuarios, estos podrán mantenerse por debajo de los $120.000 sin necesidad de notificación a la AFIP. Estos límites son aplicables tanto para las transacciones dentro de Mercado Pago como para los movimientos entre diferentes billeteras virtuales y bancos.
Es importante destacar que el cumplimiento de estas normativas es fundamental para garantizar la transparencia fiscal. En caso de exceder los montos especificados por la AFIP, la entidad podría requerir documentación respaldatoria de los fondos y operaciones realizadas. Entre los documentos solicitados se encuentran facturas emitidas en los últimos seis meses, comprobantes de cobros jubilatorios, recibos de sueldo y certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.
Para evitar complicaciones y posibles sanciones, se insta a los usuarios de Mercado Pago a mantenerse informados sobre las regulaciones vigentes y asegurarse de cumplir con sus obligaciones tributarias. Mantener la información actualizada y contar con la documentación respaldatoria adecuada es esencial en caso de que la AFIP solicite aclaraciones.