Las mascotas podrán viajar en servicios de transporte de larga distancia en todo el país. Una resolución de la Secretaría de Transporte habilitó el traslado de perros y gatos en colectivos y trenes de jurisdicción nacional, estableciendo una serie de requisitos para garantizar el bienestar animal y la seguridad de los pasajeros.
La normativa dispone que las empresas deberán definir días, horarios y modalidades para estos traslados, en línea con estándares internacionales y con el Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos. El pasajero será responsable en todo momento del cuidado, la salud y la seguridad del animal, y deberá evitar cualquier molestia o riesgo para el resto de los usuarios.
El traslado deberá realizarse en un transportín o contenedor cerrado, apto para animales, que podrá ubicarse sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o sobre un asiento junto a la ventana, debidamente asegurado con el cinturón de seguridad. Además, será obligatorio presentar la constancia de vacunación antirrábica y la documentación sanitaria exigida. Solo se permitirá un animal por pasajero mayor de edad.
La resolución también autoriza a las empresas a fijar una tarifa específica por este servicio y a establecer condiciones adicionales, como límites de peso, tamaño o raza, así como los protocolos de limpieza y desinfección de las unidades. Los perros guía o de asistencia que acompañan a personas con discapacidad quedan exceptuados del pago y deberán viajar de manera gratuita, conforme a la ley vigente.
La medida busca actualizar la normativa y facilitar el traslado de animales, garantizando condiciones claras tanto para los usuarios como para las empresas de transporte.
Fuente: Infobae




