
El Gobierno nacional decretó asueto administrativo para los trabajadores de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre de 2025, en la previa de las celebraciones de Navidad y Año Nuevo.
La medida fue oficializada mediante su publicación en el Boletín Oficial y está respaldada por la Ley N° 27.399, que establece como feriados nacionales inamovibles el 25 de diciembre y el 1° de enero. El objetivo es facilitar los preparativos y traslados familiares en fechas de fuerte significado social y cultural.
El decreto señala que las vísperas de las festividades suelen destinarse a la organización de encuentros familiares y desplazamientos, por lo que se consideró oportuno otorgar tiempo adicional para el descanso y disfrute de estas celebraciones. Además, se destacó que el asueto favorecerá al turismo interno y no implicará gastos adicionales para el Estado.
La disposición alcanza exclusivamente al personal de la Administración Pública Nacional. Cada organismo deberá garantizar la continuidad de los servicios esenciales. Quedan excluidas las entidades bancarias y financieras, que funcionarán con normalidad.
Al tratarse de asueto los días 24 y 31 de diciembre, y ser feriados inamovibles el 25 de diciembre y el 1° de enero, el personal que deba cumplir funciones en esas fechas cobrará doble jornada. En el sector privado, en cambio, cada empleador decidirá si otorga o no el día libre, ya que ambas fechas continúan siendo laborables.
Fuente: Infobae




