“Reforma Laboral en Argentina: Multas, Nuevas Penalidades y Período de Prueba Ampliado

La Cámara de Diputados aprobó la Ley Bases, que incluye una controvertida reforma laboral, tras intensos debates y modificaciones significativas a lo largo de seis meses de tratamiento. Esta reforma, aprobada en una sesión prolongada hasta altas horas de la madrugada del viernes, ha generado fuertes críticas de la oposición.
Uno de los puntos más discutidos es la posibilidad de deshacer los cambios en el capítulo de reforma laboral, aunque finalmente se ratificaron con el apoyo de los bloques dialoguistas. Esta versión final de la ley introduce cambios importantes en el ámbito laboral privado, consolidando disposiciones que afectan a sectores clave y poderosos gremios.
Entre las modificaciones más destacadas, se elimina la multa por trabajo no registrado a cambio de regularizar la situación del empleado. Además, se contempla la disolución del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), siempre y cuando se regularice la situación de los empleados al momento de la aprobación de la ley.
La reforma también introduce la posibilidad de acordar fondos de cese laboral en lugar de indemnizaciones, en línea con prácticas adoptadas por sectores específicos como la Unión Obrera de la Construcción (UOCRA). Se mantiene la figura del “colaborador” para pymes, permitiendo la contratación de hasta tres trabajadores sin establecer vínculos de dependencia.
Otro cambio significativo es la ampliación del período de prueba, que ahora puede extenderse hasta seis meses para empresas de más de 100 empleados, ocho meses para aquellas con entre seis y 100 trabajadores, y hasta 12 meses para empresas con menos de cinco empleados.
A pesar de no abordar la eliminación de la cuota solidaria a los sindicatos, la ley incorpora medidas punitivas contra los bloqueos y tomas de empresas, considerándolos como causa justa de despido.
Finalmente, se introduce la protección contra el despido discriminatorio por motivos de raza, religión, opinión política, entre otros, con indemnizaciones agravadas del 50% al 100%.
Fuente: (ElCronista) EL ONCE