Dictamen de la Procuración: Competencia de la Corte Suprema en el Reclamo por Excedentes de Salto Grande

La Procuración General de la Nación ha emitido un dictamen que establece la competencia de la Corte Suprema de Justicia en el reclamo de Entre Ríos por los excedentes de Salto Grande. Según el informe de la fiscal Laura Mercedes Monti, fechado el lunes 13 de mayo, el máximo órgano judicial del país debe determinar si al Gobierno nacional le corresponde abonar a la provincia aproximadamente $2.100.000.000 y los intereses por la generación de energía en Salto Grande.
La deuda reclamada por la provincia corresponde al tercer y cuarto trimestre de 2023, así como los meses de enero y febrero de 2024. La Procuración recuerda que mediante la ley 13.213, del 12 de abril de 1948, se aprobó el convenio argentino-uruguayo relativo al aprovechamiento de los rápidos del río Uruguay en la zona de Salto Grande. Además, señala que en 1998 se celebró un acta-acuerdo entre el Estado Nacional y las provincias de Entre Ríos y Corrientes, estableciendo la conformación de un “Fondo Especial Salto Grande” destinado a obras complementarias y al desarrollo regional.
La ley 24.954 estableció que los excedentes deben distribuirse en un 67,5% para Entre Ríos, un 27,5% para Corrientes y un 5% para Misiones. Asimismo, se dispuso la “inoponibilidad” de cualquier otra norma contraria a las actas-acuerdo aprobadas por esa ley y que cualquier modificación al convenio y protocolo adicional de 1946 debe ser aprobada por ley del Congreso Nacional.
Fuente Analisis